En Puerto Rico los accidentes de tránsito, que incluyen los choques entre vehículos, con peatones, ciclistas, objetos y animales, así como con motoras y camiones, son ocurrencias de todos los días. Aquellas personas que han estado envueltas en un accidente de tránsito y han sufrido daños por la culpa de otra persona, sea como conductor, pasajero, peatón, ciclista o motociclista, tienen derecho a reclamar compensación por los daños y perjuicios que le han causado. La ley en Puerto Rico establece que el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado. Por lo tanto, si usted, o alguien que usted conoce, sufrió daños a causa de la culpa o negligencia de otra persona, la ley le da el derecho de exigir que le compensen.


Los datos de la Comisión Para la Seguridad en el Tránsito de Puerto Rico establecen que para el año 2013 ocurrieron más de 200,000 choques de automóviles, con más de 86,000 heridos y más de 340 muertes. Considerando la cantidad de automóviles y conductores, estos datos no son sorprendentes. En Puerto Rico hay más de 3 millones de automóviles y conductores registrados, que transitan sobre más de 17,000 millas de carreteras. Al 2013, se expidieron 207,000 denuncias por falta de uso del cinturón de seguridad, se efectuaron 8,500 arrestos por conducir bajo los efectos de alcohol, y se expidieron 148,000 citaciones por conducir a exceso de velocidad.


Por otro lado, uno de los problemas más grave y persistente es el consumo de alcohol por parte de los conductores. Se estima que cada 90 segundos una persona resulta herida en un choque a consecuencia del consumo de alcohol. Los pueblos que más fatalidades tienen relacionadas al alcohol son San Juan, Caguas y Ponce. Del total de las muertes por accidentes de tránsito por conductores ebrios, 86% son hombres y 14% son mujeres.


Las leyes de Puerto Rico establecen términos que limitan el tiempo en que se puede presentar una reclamación o demanda en los casos de daños y perjuicios. Es importante que toda persona que haya sufrido daños consulte con un abogado inmediatamente, de manera que se pueda hacer la notificación que las leyes requieren. NO PIERDA SU DERECHO A OBTENER COMPENSACIÓN. ¡LLÁMENOS AHORA AL (787) 744-7272!


Esta información no es ni se debe considerar como una consulta o consejo legal. El Lcdo. Rafael J. Velázquez Villares es abogado y notario con más de 18 años de experiencia en los tribunales federales y estatales con práctica concentrada en el litigio civil de daños y perjuicios por choques de automóviles, caídas en aceras, calles y comercios, mala práctica médica, reclamaciones a compañías de seguros, así como contratos y notaría. Sus oficinas están ubicadas en la Calle Celis Aguilera #53, Caguas, Puerto Rico. Para comunicarse con el Lcdo. Velázquez Villares para una consulta totalmente GRATIS llame al (787) 744-7272 o escriba al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

LLÁMENOS GRATIS Y SIN COMPROMISO(787) 744-7272
Envíenos un mensajeinfo@demandaaccidente.com
Visítenos53 Celis Aguilera, Caguas